Estimado Sr. Jonathan Heath,
En relación con los comentarios vertidos en su columna: “Pulso Económico”, publicados en el Diario Reforma el día 22 de febrero, me permito referirle lo siguiente:
Usted indica que el INEGI ha tardado mucho en adoptar las recomendaciones internacionales emanadas de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), en concreto las relacionadas con las resoluciones de la XVII Conferencia Internacional de Estadísticos del Trabajo (CIET) y de la XIX CIET.
Un aspecto fundamental a tener en cuenta, es el hecho de que, si bien en las XVII y XIX CIET la OIT estableció las pautas conceptuales y recomendaciones a seguir por los países, esto no implicó que en ese momento quedara definida la manera de implementarlas.
Para resolver el esquema de hacer operativas sus recomendaciones, la OIT promueve la formación de grupos de trabajo de expertos en la materia y en el caso concreto de la informalidad, después de la Conferencia de 2003, se formó un grupo de expertos (Grupo de Delhi) del que el INEGI formó parte para redactar un manual que permitiera elaborar el menú de opciones con las que podría contar una oficina nacional de estadística con el fin de medir el fenómeno y el tipo de adecuaciones que tendría que hacer a los instrumentos ya existentes. Este manual de métodos y prácticas (Measuring informality: A statistical manual), la OIT lo dio a conocer en línea en el otoño de 2012 y lo editó como libro en el 2013. En función de esto último, y a que el INEGI venía trabajando desde hace algunos años en la construcción de los indicadores de informalidad y en pleno ejercicio de su autonomía, es que el Instituto pudo difundir sus Indicadores de informalidad laboral en diciembre de 2012, a escasos dos meses de que la OIT publicó el citado Manual de manera oficial, siendo el segundo país en hacerlo solamente después de Moldavia.
En relación con la XIX CIET aprobada en octubre de 2013 se comenta que, la primera resolución de la misma, establece el nuevo esquema conceptual a seguir por las encuestas de fuerza laboral de los países, en sustitución del establecido por la XIII CIET en 1982. El adoptar la resolución de la XIX CIET representa grandes retos y cambios para los sistemas estadísticos nacionales, pues reconoce varias formas de trabajo que deben ser identificadas y estimadas (trabajo en la ocupación, trabajo en formación no remunerado, trabajo de producción para el autoconsumo y trabajo voluntario), así como la generación de algunas medidas de la subutilización de la fuerza de trabajo. Pero, tal como ocurrió en el 2003, la XIX CIET no estableció la manera de aplicar dichos cambios, sino únicamente la acuñación de los nuevos conceptos.
Dada la profundidad de tales modificaciones conceptuales, que implica la adopción de la XIX CIET en las encuestas de fuerza laboral, la OIT ha comprendido, que a diferencia de las CIET anteriores, tiene que elaborar modelos de cuestionarios para distintas regiones del mundo, que apenas ha ido probando. Uno de los países en los que la OIT quiere realizar estas pruebas es México, dado el reconocimiento que tiene de la ENOE y para esto, ya se ha iniciado el contacto entre ese organismo y el INEGI para establecer un programa de trabajo conjunto. En una prueba inicial planteada por la OIT denominada cognitiva, se analiza si las preguntas son entendidas por distintos segmentos de la población y también se prueban diferentes formas de fraseo y las varias maneras de interacción entre entrevistador y entrevistado. Esta prueba está programada para México en el verano del presente año. Una vez que se concluya la prueba cognitiva y se seleccione un modelo de cuestionario a utilizar se pasará a un segundo nivel de prueba, con una muestra más grande que tenga validez estadística. Ello para que los usuarios puedan saber qué tan significativas son las diferencias entre el actual cuestionario de la ENOE y el nuevo modelo de cuestionario que se adoptará. Se tiene considerado realizar esta segunda prueba durante el primer trimestre de 2018.
De esta forma, resulta cierto que ha transcurrido tiempo desde la aprobación de la XIX CIET, pero los cambios a efectuar no se podrán hacer sin antes pasar por este tipo de pruebas y rigor metodológico. Se destaca que apenas el año pasado la OIT tenía definidos los modelos de cuestionarios para la fase de pruebas cognitivas y es por ello que no sólo México, sino que hasta ahora ningún país ha adoptado un cuestionario que corresponda a la XIX CIET. Además, en preparación de la XX CIET, la OIT está discutiendo la clasificación del trabajo y el empleo desde el punto de vista de las relaciones laborales, lo que define qué es trabajo dependiente y qué es trabajo independiente y cómo encajan sus respectivas modalidades, entre las que se encuentra, el empleo ligado a la economía digital (Uber, Airbnb, etc). Esta discusión apenas se dio el año pasado, pero a la OIT le ha quedado claro que ello tendrá también un fuerte impacto en el diseño de los cuestionarios, además de las demandas de la XIX CIET. En el marco de la colaboración entre el INEGI y la OIT, México será el primer país en poner a prueba también estos contenidos. La Oficina Europea de Estadística (EUROSTAT) quiere esperar también a conocer los resultados de este tipo de pruebas, para comenzar a implementar el nuevo modelo de cuestionario para los países miembros.
En relación con las medidas de la subutilización de la fuerza de trabajo que la XIX CIET recomienda realizar y a las que usted se refiere como “brecha laboral”, se comenta que la actual ENOE permite construirlas de manera aproximada, no obstante, se hace necesario esperar a contar con las pruebas antes comentadas, en especial la segunda de ellas con validez estadística, para garantizar a los usuarios de la información que se estará ofreciendo una serie larga de indicadores que resulten comparables en los hechos.
Finalmente, el INEGI someterá a consideración del Comité Técnico Especializado de Estadísticas del Trabajo y Previsión Social, creado en junio de 2009 por la Junta de Gobierno, y el cual emana del Sistema Nacional de Información Estadística y Geográfica, el proceso de prueba piloto de la nueva metodología de la ENOE y, también el modelo de implementación una vez que se tenga el nuevo cuestionario definitivo. Adicionalmente, por ser esta encuesta un proyecto declarado como Información de Interés Nacional, se tendrán que someter a Consulta Pública todos los cambios que resulten de las pruebas planteadas. El INEGI tiene autonomía pero al mismo tiempo está obligado a ese diálogo y a atender dudas y observaciones de los participantes en este Comité, como parte de sus funciones de Ley. Una vez emitida por la OIT las nuevas resoluciones y métodos de aplicación, estas serán adoptadas por el INEGI.
Saludos cordiales
Edgar Vielma Orozco
Director General de Estadísticas Sociodemográficas.